Aprueba el Senado iniciativa contra prácticas monopólicas absolutas
Evitará acaparamiento e incremento de precios
Brindará mecanismos de regulación para mejorar la economía
familiar.
México, D.F., a 29 de abril de 2009.- El Senado de la República aprobó una
reforma al Código Penal Federal (CPF) contra prácticas de monopolios,
promovida por el Senador panista Juan Bueno Torio, quien dijo que se busca
sancionar de manera efectiva aquellos acuerdos entre competidores cuyo
objetivo sea fijar precios o restringir la demanda, evitando con ello el
acaparamiento e incremento de precios y brindando mecanismos de regulación
para mejorar la economía familiar.
En este sentido, el legislador veracruzano destacó que la base de su
iniciativa es la necesidad de distinguir dos problemas principales en la
constitución normativa del artículo 253 del CPF pues, algunas conductas
tipificadas son tan genéricas, que podrían dar origen a errores en la
aplicación y sancionar prácticas comerciales como el almacenaje, que
económicamente son eficientes y no perjudican a la institución jurídicamente
tutelada y, por otra parte, al comprender conceptos muy amplios, se vuelve
casi imposible acreditar la existencia de los elementos integradores del
tipo penal, lo que se traduce en impunidad.
Así, dijo el exDiputado Federal por Córdoba, se pretende incorporar al
Código Penal Federal la descripción de conductas hasta ahora no reconocidas
como típicas, antijurídicas y culpables, señalando una penalidad severa en
contra de quienes incurran en su consumación.
Al respecto, el Senador veracruzano fue claro al señalar que la reforma
propuesta contempla castigar con penas de 2 a 10 años de prisión y con mil a
3 mil días de multa, a quien realice u ordene realizar contratos, convenios,
arreglos o combinaciones, entre agentes económicos competidores entre sí,
cuyo objeto o efecto sea manipular los precios de productos y bienes,
limitarlos, o establecer o coordinar posturas en torno a la abstención en
licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas.
También se propone atacar la práctica de personas en lo particular o en
grupos que buscan establecer la obligación de no producir, procesar,
distribuir, comercializar o adquirir sino solamente una cantidad restringida
o limitada de bienes o la prestación o transacción de un número, volumen o
frecuencia restringidos o limitados de servicios con fines de lucro, dijo
Bueno Torio.
Para iniciar el procedimiento penal por alguna de las nuevas conductas que
se tipifican, será necesario que previamente la autoridad competente haya
determinado la responsabilidad de una persona física o moral en la comisión
de alguna práctica monopólica absoluta, en términos de lo dispuesto por la
Ley Federal de Competencia Económica.
Por último, Juan Bueno resaltó que la autoridad judicial podrá ordenar,
además, la suspensión hasta por un año o la disolución de la empresa de la
que el responsable sea miembro o representante, si concurren las
circunstancias mencionadas anteriormente.


